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Estimada, tu hija podrá cambiarse el nombre cuando cumpla la mayoría de edad. Este trámite puede hacerse solo una vez en la vida. Saludos.
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Estimado, ingresa al sitio Ley Chile de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile o busca en google la ley 19.537, esta incluye los cambios introducidos por la ley 20.741 en su ultima versión.
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Estimado, esta información puedes obtenerla en Policía de Investigaciones y solo se la entregan al interesado o a sus representantes legales. Saludos.
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Lo más común es realizar una compraventa de bien raíz, pero lo importante es conocer el objetivo para orientar en la mejor forma de proceder.
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Estimados, correcto, cualquier heredero del causante puede iniciar los tramites de posesión efectiva. Si requieren asesoría en la tramitación, Total Abogados puede prestarles este servicio.
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Estimada, podemos hacer el tramite que usted requiere. Necesita una cesión de derechos sobre bien raíz y luego la inscripción en cbr. Pero si aún están casados no pueden hacerlo.
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Estimada, no obtendrás la nacionalidad por ese simple hecho. Debes solicitarla cumpliendo los requisitos legales, especialmente residir en chile por 5 años.
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En la herencia de tu padre te corresponde la misma porción que a tus hermanos por parte de padre. En la de su cónyuge no te corresponde nada.
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Estimado. Es más bien una separación de hecho. Me parece recomendable acercarse (ambos) al registro civil para realizar el Cese de Convivencia. Es un tramite con el que te podemos ayudar también no...
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Estimado,
Recomiendo acercarte a revisar el tema en Fiscalía local de San Antonio con el número RUC.