Procedimiento de creación de empresa en un día

Guía publicada por:

Lexdir

Regulado en la ley 20.659 tiene por objeto reducir el procedimiento de constitución y modificación de sociedades a un día, entró en vigencia el 2 de mayo de 2013.

La ley implementa un Registro de Empresas y Sociedades electrónico, público y gratuito, en el cual se puede constituir, modificar y disolver empresas suscribiendo un formulario electrónico a través del uso firma electrónica avanzada, sea personal o bien la de un notario público.

La ley busca entregar una serie de beneficios para la ciudadanía como:

-      Contar con un sistema simplificado para la constitución, modificación, transformación, fusión, división, terminación y disolución de personas jurídicas.

-     Creación de empresas en menos de 1 día.

-     Conjuntamente con la creación de la empresa el Servicio de Impuestos Internos otorga Rut y será posible iniciar actividades.

-    El registro de la empresa es gratuito.

-     Tener acceso público y gratuito a la información del estado de empresas y sociedades a través del portal del Registro.

Para poder tener acceso a este tipo de procedimientos la ley establece una gradualidad en las fechas en que las personas jurídicas pueden solicitar su constitución por este procedimiento:

2 de mayo 2013: Sociedades de Responsabilidad Limitada

1 de octubre 2013: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

1 de julio 2014: Sociedades por Acciones

1 de junio 2015: Sociedades Colectivas Comerciales, en Comandita Simple y en Comandita por Acciones

1 de junio 2016: Sociedades Anónimas Cerradas y de Garantía Reciprocas

Para acceder al  Registro de Empresas y Sociedades, se debe ingresar al portal electrónico del Registro en el que se encontrará un “Formulario” que debe ser completado en línea por el(los) constituyente(s), lo cual permitirá:

a) Constituir la sociedad.

b) Obtener Rut de la sociedad, el cuál será simultáneamente otorgado por el SII al momento de completar el formulario.

c) Será posible iniciar actividades en forma inmediata.

d) Formalizar además de la constitución de la sociedad, todas sus modificaciones, fusiones, división, transformación, terminación o disolución.

El formulario de registro se suscribe a través de la firma electrónica avanzada del(los) constituyente(s), en el “Registro de Empresas y Sociedades”

Si no posee firma electrónica avanzada: El(los) constituyente(s) tendrán que firmar los formularios ante un notario, el que estampará su propia firma electrónica en dicho formulario.

Si utiliza un representante legal o apoderado: Este necesitará un  poder que conste por escritura pública y  los formularios deberán indicar la fecha, el nombre y el domicilio del notario ante quien se firme el documento.

Plazo: Todos los constituyentes (en caso de existir socios o accionistas), deberán suscribir los formularios dentro de un plazo máximo de 60 días desde que firmó el primero de ellos.