Deuda con una clínica que quiero pagar

Hola fui operado de vesícula en una clínica de urgencia en la cual me trajo como consecuencia haber corrido riego vital, ahora me llego una cuenta de $4.000.000 aproximadamente, yo quiero pagar pero no tengo los medios para pagarlos inmediatamente, ni tampoco como conseguir un crédito en algún banco o financiera. Quiero llegar a un acuerdo de pago con la clínica pero no se cuanto es el máximo que me pueden cobrar mensualmente y a la vez el interés que esta provoque.

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Abogado de Calera de Valparaíso especializado en Derecho Civil

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Buenos Días...
Si usted quiere pagar la deuda, le recomiendo que vaya a la Clínica y vea cuales son las alternativas de acuerdo a su capacidad de pago.
Si usted ingresó por urgencia y se acogió a dicha ley tanto el Fonasa como las Isapres pagan directamente al hospital o clínica cuando las atenciones fueron calificadas como Urgencia Vital o emergencia por el médico tratante, cobrando, posteriormente, al paciente la parte que corresponde (copago).
Para pagar la deuda la persona tiene la posibilidad de acceder de manera automática a un préstamo legal que, obligatoriamente, debe brindar su seguro (Fonasa o Isapre), el cual permite a los beneficiarios financiar las atenciones de Urgencia Vital recibidas en el centro de salud, desde el ingreso y hasta la estabilización del paciente. El valor de las cuotas dependerá de su renta o pensión imponible y corresponderá a un máximo de:
Cotizante dependiente, independiente, pensionado = 5% de la renta imponible mensual. Cotizante voluntario = Cotización pactada.
Atte.
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www.abogadosasociadosvalpo.cl

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Quinteros, Cordero & Prieto Abogados

Quinteros, Cordero & Prieto Abogados

Abogado de Valparaíso especializado en Derecho Penal

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Estimado:

En su caso particular, si la atención fue calificada de urgente por un médico cirujano, no debieran cobrarle nada, porque se paga con cuenta al fondo nacional de salud, independiente que se trate de un hospital público o una clínica privada; ni tampoco podrá exigirse ningún documento en garantía. En caso de incumplimiento de estas exigencias puede presentar un reclamo ante la Superintendencia de Salud.

Si tiene más dudas, consúltenos a través de nuestros medios de contacto señalados en la página web www.quinterosycorderoabogados.com

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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

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Todo riesgo vital de una persona ud lo puede reclamar por la ley de emergencia, búsquela en Internet y vea que el estado se hace cargo por esa parte.
La diferencia que pueda existir, si ud no tiene bienes, el problema es de la clinica

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