¿Qué documentos necesito para cambiar el apellido a un niño que no es mi hijo biológico?

Hola. Yo soy el papá que está todos los días con la bebé, la vi nacer y la he cuidado desde ese día. El papá biológico para nosotros no existe, es un extraño, pero de igual forma se las arregló y fue a reconocerla. Desde ahí ninguna noticia, él es colombiano, mi bebé ya va a cumplir 4 meses este 23 de agosto. Para la mamá esta situación es un martirio y un gran dolor que en el nuevo certificado de nacimiento aparezca ese apellido. ¿Qué podemos hacer para que tenga mi apellido?

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Rodrigo Rojas & Abogados Asociados

Abogado de Ovalle especializado en Derecho Mercantil

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En primer término, el "cambio de apellido", se obtiene por la normas que regulan el cambio de nombre, el que corresponde a una gestión voluntaria civil, no contenciosa, de competencia de los juzgados de letras.
Para ello, de debe acreditar la causal que se pretende invocar por obtener el cambio, y que están establecidas en a ley.
Se debe por lo tanto, buscar asesoría legal para que se presente la correspondiente solicitud o demanda de cambio de nombre ( apellido).
Es importante tener presente, que esto no implica un cambio de filiación de la menor, es decir, para efectos legales el padre sigue siendo el padre que figura inscrito y que la reconoció. Es decir, en términos prácticos, la niña podrá obtener su apellido y quedará registrado, y será conocido por este apellido en lo sucesivo para todo efecto legal, pero el padre legal y registrado seguirá siendo su actual padre.
Para lo anterior, lo que se puede hacer para obtener la paternidad, es un proceso de adopción.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Rodrigo Moreno Olivares

Rodrigo Moreno Olivares

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:

Junto con saludarle, le comento que su caso es complicado, dado el hecho de que es una menor recién nacida y que fue reconocida por su padre, independientemente de que no esté presente. Sin perjuicio de entender su situación, esperaría un tiempo antes de iniciar los tramites para hacer la demanda de susceptibilidad de adopción. Le tengo que comentar que él será citado al juicio a manifestar su voluntad positiva o negativa de darla en adopción. También hay que considerar que deben hacerse evaluaciones previas en el Sename o en un organismo acreditado ante él a fin de realizar el Informe de Idoneidad el cual debe ser acompañado en la respectiva demanda.

En caso de que tenga dudas, contácteme al correo rmoabogado arroba gmail.com. Espero haberlo ayudado.

Saludos cordiales.

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