¿Estoy obligado a seguir pagando pensión?

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Buenas noches:
Junto con saludar, le comento que si hay solo un cambio de apellido no se altera la filiación, por lo tanto, conservaría sus derechos y obligaciones como padre. Distinto es si la pareja de la madre del niño lo adopta. En el caso de la adopción, esta persona pasa a tomar el lugar de usted como padre. Pero para ello, debe ser emplazado y sustanciarse el respectivo proceso ante el juzgado de familia competente.
Saludos cordiales.

El cambio de apellido, no determina un cambio de filiación, es decir, mantiene la paternidad y por consiguiente sus derecho a alimentos en relación al padre inscrito.
Por lo anterior, se siguen debiendo alimentos según las reglas generales y hasta cuando lo determina a la ley. El hijo dejaría de ser suyo sólo en caso que se determinara judicialmente otra paternidad.

Kumpf & Vidal Abogados Melipilla juiciolegal.cl
Abogado de Melipilla especializado en Derecho Civil
Si pues es solo un cambio de apellido, no de filiación. Atte www.juiciolegal.cl