Garantía por último mes de arriendo.

Se puede dejar de pagar el último mes de arriendo de un departamento, por existir el equivalente como garantía, dejando todas las deudas por gastos básicos pagados y el inmueble en las mismas condiciones en las que fue entregado al inicio del arriendo. Arrendé el departamento a xxx persona la que actuaba con mandato de otra y hace una semana se presentó ésta última, Patricia, exigiendo que a contar del 5 del presente mes le deposite el arriendo en su cuenta bancaria, en mérito de haber revocado el mandato a la arrendadora, con la que hice contrato. Ahora Patricia quiere que haga un anexo del contrato, por el cual me comprometo a depositarle el arriendo en su cuenta corriente; no tengo problema en eso; pero temo que por no haber recibido ella el mes de garantía no me lo devolverá, por lo que necesito saber si es legal no pagar el arriendo del mes de diciembre y que éste se cancele con la garantía, la que en valor es igual, previo pago del total de los gastos básicos y comunes . Patricia vio el estado del departamento y lo encontró sin daños. Ruego responder a la brevedad. Gracias.

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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

Contestado

Haber dejado el mandato sin efecto tendría que haberle notificado a Ud antes de pagar el arriendo.

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