Sobre el mes de garantÍa

Soy la propietaria y aumenté el arriendo con un Nuevo Contrato, porque le cobraba a la arendadora excesivamente barato. La diferencia es de $130 mil pesos. Al principio 180 mil y ahora 310 mil pesos

Por favor ¿ es legal cobrarle también esta diferencia para completar la garantía total del nuevo arriendo?

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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

Contestado

La garantía como una situación de financiar gastos o daños dejados al termino del vinculo de arrendamiento, se usa como habitualidad cobrar uno o mas meses de arriendo, pero también se puede cobrar menos, de lo que se entiende que no necesariamente debe ser un mes de arriendo que es la costumbre. Si el arrendatario no quiere agregar al diferencia entre el valor del antiguo arriendo y el actual, no lo puede obligar, pero debe rectificarse el contrato si éste señala que se dio un mes de arrendo como garantía, estableciéndose la suma efectivamente entregada

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor