¿Puedo renunciar voluntariamente antes de los 15 días de contratada?
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
No tan solo se puede retirar ya, sino que además demandar con lo tener contrato de trabajo y seguramente imposiciones.
Léase el articulo 9 del Código del Trabajo
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
Buenos dias, no tiene plazo ninguno que esperar, puede renunciar de inmediato. saludos.
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