¿En razón de qué se calcula el daño moral cuando existe una violación a la propiedad intelectual?
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
hace 9 años
Para determinar el daño moral que es subjetivo, deberá probar que la demandante que ha sufrido espiritualmente por la sustracción de los diseños , los cuales registro y era notorio la propiedad de otro.
De acuerdo a lo expuesto, no creo que la demanden.-
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor