Reajuste de pensión de alimento.
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
Todo reajuste si no lo determinan las partes, debe ser determinado por el Tribunal de familia, concurra a él, con fotocopia legible de la libreta y el fallo, solicitando que se calcule el reajuste y las diferencias en todos estos años
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
El reajuste es IPC en forma semestral, pero el Tribunal no lo hace de oficio. Debe ser solicitado el reajuste ante el Tribunal en que se llevó la causa.
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