¿Se puede anular la paternidad?
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Contestado
Buenas tardes. Solo en el plazo de un año desde el reconocimiento. En caso contrario, solo el padre biológico puede impugnar la paternidad o su hijo cuando sea mayor de edad.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
Solo si se acredita que no es el padre y el menor tiene menos de 1 año y lo reconoce el verdadero padre.
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