Vender una parte de propiedad heredada

Estudio Veragua Abogadas Asociadas
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Civil
Estimada
Sí, es posible que usted compre la parte del hermano mayor. Le explico brevemente:
1. Primero, debe estar inscrita la posesión efectiva del papá fallecido. Así queda claro que el terreno pertenece a los herederos: su hija (menor de edad) y el hermano mayor.
2. El hermano mayor sí puede vender su parte, y usted puede comprarla. Esto se hace mediante una escritura pública de compraventa de derechos hereditarios en notaría, y después se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces. También existe la opción de que su hija se adjudique la propiedad a través de una partición.
3. Su hija mantiene su derecho de heredera, pero como es menor de edad, su parte no se puede vender sin autorización del Tribunal de Familia.
4. Una vez comprada la cuota del hermano, usted y su hija quedarán como copropietarias del terreno.
Este tipo de trámite requiere que todo quede bien redactado para evitar problemas en el futuro, por lo que lo ideal es contar con asesoría profesional.
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Si, se puede comprar , se hace a través de una compraventa.
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a tu disposición si me necesitas
Carlos Contreras Matus