Uso de softwares en PYMES

Guía publicada por:
Basic
Legal Advice

Legal Advice

Abogado de Concepción especializado en Derecho Civil

VER PERFIL

Medidas que se deben adoptar para el caso en que se utilicen softwares en sus empresas.

A propósito de varias experiencias que hemos visualizado en la práctica, se ha detectado que las pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES), existe un porcentaje no menor que utilizan softwares sin adquirir las respectivas licencias.

Si bien, hay diversos programas computacionales que en el mercado son accesibles en cuanto a los precios para los consumidores como, por ejemplo, procesadores de texto, reproductores de archivos de vídeo, etc. Hay otros más especializados cuyo uso encontramos en diversas área como la ingeniería o, incluso, el legal, cuyas licencias fácilmente podemos encontrarla a un precio que puede bordear los US$ 5.000, lo cual para una empresa mediana o grande no podría ser un problema, pero para los empresarios más pequeños es una inversión alta y, por lo tanto, de difícil acceso.

Esta situación de hecho, hace que la conducta de este tipo de consumidores camine en la cornisa entre lo legal o ilegal ¿Por qué lo decimos? Ya que siempre está la tentación de utilizar software pirata o "crackeados" con el objeto de usarlos sin pagar las licencias respectivas.

Tal afirmación no es menor, la desinformación en estos temas y, sobretodo, las consecuencias jurídicas que ello acarrearía por tales conductas. La especificidad de las normas relativas a la propiedad intelectual e industrial hacen que la asesoría jurídica en esta materia sea bastante onerosa para las PYMES como, asimismo, la escasez de letrados que desean abordar estas temáticas. 

En esta guía solo nos centraremos de manera general, sobre las consecuencias civiles de éstas conductas sin entrar en otras aristas que puedan derivarse. A saber:

a.- El uso de software pirata o evadiendo el pago de las licencias, no solo dará derecho al dueño del mismo para demandar el daño emergente y/o moral que el uso ilegal acarree, sino que también, a demandar las ganancias que haya obtenido el infractor gracias a ese uso ilegal.

b.- Se sugiere siempre revisar los términos de las licencias (aún cuando sean piratas) puesto que en ellas podemos encontrar condiciones que pueden agravar a los usuarios infractores, por ejemplo, multas o recargos.

c.- La tramitación de estos juicios es bastante más breve que uno ordinario. Se hace de conformidad al procedimiento sumario de los artículo 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Lo cual podemos obtener una sentencia condenatoria por montos elevados en un breve lapso de tiempo, lo cual puede ser absolutamente perjudicial para las finanzas de la PYME.

d.- Tener siempre asesoría de informáticos quienes son la base de un control preventivo de estas conductas, ya que al momento de hacer soporte técnico informan inmediatamente si existen softwares sin licencia, advirtiendo a la PYME en caso de desviaciones, que regularicen adquiriendo las licencias. 

En definitiva, invertir en asesoría técnica y jurídica siempre será más barato que usar softwares piratas o "crackeados", lo cual traería, en caso omiso, consecuencias económicas nefastas para ella.

Pedir más información sin compromiso