Casa heredada herencia
Valentina Labrin | Estrategia Legal
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Civil
Estimado/a, la situación es compleja pero tiene solución. Al estar terceros tramitando en Bienes Nacionales, el tiempo es crítico. Para proteger el patrimonio, debemos actuar rápido en tres frentes:
Verificar el dueño real: En Chile, según el artículo 590 del Código Civil, no existen inmuebles sin dueño (los que carecen de dueño pertenecen al Estado). Hay que realizar un estudio de títulos para verificar a nombre de quién está inscrito el terreno en el Conservador, ya que suelen existir inscripciones antiguas.
Posesión Efectiva: Al no haber testamento, los herederos deben tramitar la Posesión Efectiva ante el Registro Civil a la brevedad. Este trámite es el que los acreditará legalmente como los legítimos continuadores de los derechos del fallecido.
Oposición en Bienes Nacionales: Si hay terceros buscando regularizar la propiedad (bajo el DL 2.695), es fundamental oponerse formalmente. Primero debemos determinar con exactitud en qué etapa está el trámite. La ley fija plazos muy estrictos para presentar oposiciones; si estos vencen, los terceros podrían inscribir la propiedad a su nombre, lo que complicaría mucho recuperarla.
¿Cómo podemos avanzar?
Para frenar las acciones en Bienes Nacionales y asegurar sus derechos, se requiere una estrategia jurídica rápida y precisa.
Le invito cordialmente a ponerse en contacto conmigo. Cuento con amplia experiencia en derecho sucesorio, estudios de títulos y defensas ante regularizaciones de Bienes Nacionales. Puedo orientarle de manera personalizada, revisar el estado real del terreno y ayudarle a resolver este conflicto para que la propiedad quede a nombre de los verdaderos herederos. Quedo a su completa disposición.