¿Cómo hacer uso del mes de garantía?

Al momento de arrendar pagamos el mes de garantía por la casa.

A partir de Octubre nos entregan nuestra casa definitiva y tengo la idea de proponerle a la arrendataria que el mes de Octubre se pague con el mes de garantía.

¿Es posible y de alguna manera legal que sea realizado de esta forma?

¿Cuál sería la forma correcta de poder dejar todo saneado con la arrendataria?

En los 3 años que llevamos aquí, jamás se ha hecho presente para nada ni siquiera al momento de comenzar el arrendamiento. La casa fue presentada y entregada por el anterior arrendatario y la única vez que se vio a la arrendataria fue al momento de firmar el contrato en la Notaría.

Saludos y muchas gracias

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Estudio Jurídico Muñoz y Asociados

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Abogado de Curicó especializado en Derecho de Familia

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Contestado

En primer lugar una breve acotación: El mes de garantía tiene por finalidad garantizar la reparación de los deterioros que haya sufrido el inmueble durante la vigencia del contrato de arrendamiento. Es así, que éste servirá para cubrir los gastos que el arrendador debiera incurrir para reparar los daños provocados a la propiedad. Ahora, en caso que los deterioros los hayas reparado o que no existan tales deterioros el arrendador deberá devolverte esa suma.

Sin perjuicio de lo dicho, nada obsta a que entre tú y tu arrendador acuerden que el mes de garantía sea empleado para cubrir la renta del último mes, de modo que es perfectamente legal, pero sólo si el arrendador lo consiente. De lo contrario, tendrás que pagar el mes de renta, y el arrendador deberá devolverte la suma percibida como mes de garantía en caso que no existan deterioros que deba asumir.

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