Compra de propiedad con el articulo 150

¿Si fallece mi marido (no tenemos hijos en común) sus hijos del su primer matrimonio son herederos de la propiedad con el articulo 150?

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Rodrigo Rojas & Abogados Asociados

Abogado de Ovalle especializado en Derecho Mercantil

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Contestado

No, pues esos bienes son del patrimonio exclusivo suyo, y no ingresan al haber de la sociedad conyugal.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado