juicio ejecutivo
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Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Contestado
Buenas tardes: Situación 1: Suponiendo que es sobre una cosa mueble (no auto ni casa ni derechos con anotaciones en conservador) simplemente se ejecutan los bienes por remate.
Situación 2: Simplemente se debe notificar a todos los acreedores y luego entra a tallar el orden de prelacion, es decir quien cobra primero según el código civil.
Cualquier duda xgonzalez0470@yahoo.es
Atte
xags
abogado viña
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