Juzgado de la familia
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Abogada Carola Cárdenas
Abogado de Puerto Montt especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Contestado
Estimada:
Su hijo hereda al padre en la misma proporción que los otros dos hermanos. Ya no existe diferencia entre hijos matrimoniales y no matrimoniales en la legislación chilena.
Exija lo que corresponde a su hijo, puede ir a SERNAMEG, y/o Corporación de Asistencia Judicial, oficinas de derechos de la infancia OPD.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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