Matrimonio civil separación de bienes

Junto con saludar, indicar que siempre el cónyuge sobreviviente hereda, independiente del régimen de bienes que hayan elegido al momento del matrimonio.
Solo no pueden acceder a la herencia, aquellos herederos que fueron declarados indignos por algunos de los motivos señalados a continuación:
1. El que ha cometido el crimen de homicidio en la persona del difunto, o ha intervenido en este crimen por obra o consejo, o la dejó perecer pudiendo salvarla.
2. El que cometió atentado grave contra la vida, el honor o los bienes de la persona de cuya sucesión se trata, o de su cónyuge, o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes legítimos, con tal que dicho atentado se pruebe por sentencia ejecutoriada.
3. El consanguíneo dentro del sexto grado inclusive, que en el estado de demencia o destitución de la persona de cuya sucesión se trata, no la socorrió pudiendo
4. El que por fuerza o dolo obtuvo alguna disposición testamentaria del difunto, o le impidió testar.
Saludos cordiales.

Por ley el cónyuge sobreviviente hereda independiente del régimen matrimonial.
Estos regímenes, regulan solo los bienes que entran en una comunidad de bienes o bien si existe separación total de bienes no hay nada que liquidar