Me pidieron la casa que arriendo...

Empece a arrendar el 01 junio del 2013 al momento de arrendar cancele el mes de garantía más el mes de arriendo. El 01 de abril 2016 me avisan que tengo 3 meses para dejar la casa ¿Eso es legal? ¿Debo cancelar el mes de junio?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Aguilar Abogados | Oficina Legal

Aguilar Abogados | Oficina Legal

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Estimado, los contratos usualmente pactan estos plazos de desahucio de tres meses. En mi experiencia, le puedo indicar que sí, es legal. Ud. debe cancelar hasta el día en que estará en la vivienda. Contractualmente tiene plazo de dejarla hasta el 30 de junio de 2016, pagando el correspondiente mes de arriendo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado