Sobre el mes de garantía

Buenas tardes, arrendé un departamento, y necesito cambiarme antes de cumplir un año, dentro del contrato existe una clausula que dice que si pongo término al contrato de arriendo antes de un año, la corredora no me devuelve el mes de garantía.... es legal esta cláusula?

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Angela López

Abogado de Quilpué especializado en Derecho Civil

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Contestado

Sería prudente que además verifiques en el contrato si no existe una cláusula que señale que debes pagar una multa equivalente a las rentas que faltarían para poner término al contrato.
En cuanto a lo que señalas sobre el mes de garantía, dicha cláusula podría tener justificación, pero sería bueno que te asesores con el fin de que un profesional revise bien su legalidad.
Tampoco debes olvidar que el mes de garantía es devuelto en su totalidad solo en caso de que no existan deudas pendientes de servicios y/o deterioros en la propiedad de cargo del arrendatario

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado