¿Que pasa si mi arrendatario no me deja llevar interesados en comprar la propiedad?

Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Abogado de Puerto Montt especializado en Derecho del Trabajo
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Mejor respuesta según autor
Estimada; Junto con saludar le comento que sí y ello se hace por intermedio del Juzgado de Policía Local Correspondiente .
DE momento, sin costo alguno le puedo redactar la demanda y usted la presente al tribunal. Éste le pedirá la opinión a sus arrendatario (traslado se llama en la jerga legal) y se retirarán sin más, pero debe hacerlo ahora ya.
Como le digo, contáctese conmigo y gratuitamente le redactaré la demanda.
OJO, siempre puede ocurrir que los arrendatarios no quieran hacer abandono de la propiedad pero en tal caso el procedimiento legal irá bastante avanzado....de ahí radica la utilidad de lo que le propongo.
Sebastián Yuraszeck V.
Abogado

Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Abogado de Puerto Montt especializado en Derecho del Trabajo
Estimada, sí los hay, aparte que el contrato de arrendamiento lo estipula, si se niega recalcitrantemente, deje presentar demanda en el Juzgado de Policía Lozcal, es un trámite bastante sencillo, que se puede redactar a distancia y salvo casos contados, no requiere patrocinio de abogado (aunque es la peor elección que puedes tomar.
Atentos saludos
Departamento inmobiliario
Yuraszeck & Corvalán, Abogados y Consultores Agrícolas