¿Puede incumplir la pensión de alimentos?
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
No puede ser así, ya que si acompañó la libreta y da cuenta que no existe depósitos, Ud. deberá insistir en que se certifique el hecho y se liquide la deuda. Con ello, su causa pasa a iniciarse con una letra Z en vez de C, y podrá solicitar primero arresto, sin perjuicio, de que se pueda solicitar que se le descuente por planilla la pensión de alimentos
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