Quiero compra de vehículo y dejar mi casa como patrimonio propio

Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Abogado de Puerto Montt especializado en Derecho del Trabajo
Estimada Francisca;
Junto con saludar, le comento que si tiene cómo probar que el vehículo que desea comprar es fruto única y exclusivamente de su trabajo y no depende del marido para ello, automáticamente pasa a estar resguardada por el artículo 150 del Código Civil, es decir, pasa a ser un "bien reservado de la mujer casada en sociedad conyugal" y como tal la Ley la mira como separada de bienes respecto de ese bien que adquirió, el cual en consecuencia no entra a la sociedad conyugal y usted puede disponer libremente de éste.
En cuanto al asunto de la vivienda por la cual paga crédito hipotecario, si ésta fue adquirida dentro del matrimonio, no tendrá la mismas suerte que el indiqué en el párrafo anterior porque ese sí es un inmueble social, independiente de quien pague el crédito hipotecario. Eso podría solucionarse, eventualmente y tampoco es cien por ciento seguro, si se divorcian o separan judicialmente cuando se haga la liquidación de la sociedad conyugal.
Pero....si la vivienda fue adquirida con anterioridad al matrimonio, la vivienda jamás fue parte de la sociedad conyugal, por lo cual es netamente suya.
Ahora, en un juicio de divorcio o nulidad (divorcio por los pocos antecedentes que me otorga), en realidad si pide la compensación económica es difícil que él se lleve algo de los antecedentes aportados.
Su respuesta requiere, eso sí, de más elementos para que pueda orientarla bien, si quiere mayor asesoría, no dure en pedírmela al correo syuraszeck(arroba)hotmail.com
Atte.-
Equipo.