Si nadie ha solicitado una herencia, a los 10 años que prescribe la acción, ¿qué sucede con los bienes?

Teniendo presente que la acción de prescripción de la herencia prescribe en plazo ordinario de 10 años, y que es adquisitiva.

Podríamos entonces deducir que si nadie reclama una herencia y transcurren 10 años y yo trato de ejercer la acción ha prescrito. ¿Entonces que sucede con los bienes de la herencia?