¿Sigue vigente que a los empleados públicos Concejales no se les descuenten las horas para asistir a sesiones del H. Concejo.?
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Contestado
Guiándonos por la ley 20.742 que modifica la ley 18.695, los empleadores deben conceder permiso de hasta ocho horas semanales para asistir a las sesiones del Concejo y las Comisiones de trabajo que este constituya. Del mismo modo, se deberán conceder permisos laborales para el desempeño de cometidos en representación de la municipalidad, con un máximo, para estos efectos, de tres días durante un año calendario, no acumulables.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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