¿Sirve la posesión de un inmueble para participar en una herencia?

Mi padre fallecido queda fuera de una herencia por una ley del año 52 y quiero saber si a nosotros los hijos nos sirve hacer la posesión notoria para que nos consideren.

El bien es una casa que mi abuela, también fallecida, heredó de su hermano. Nos dicen que mi padre quedaría fuera por ser hijo natural nacido en el año 47. Por ende, los herederos mi hermano y yo quedaríamos excluídos. Necesito saber si tengo algo por hacer o no. Gracias.

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Rodrigo Rojas & Abogados Asociados

Abogado de Ovalle especializado en Derecho Mercantil

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Contestado

Efectivamente, la ley que rige la sucesión es la vigente a la muerte del causante. Si su padre no era heredero por disposición legal ustedes tampoco.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado