Sitio eriazo amenaza seguridad de mi casa

Existe un sitio abandonado al lado de mi casa. Este sitio pertenece a la inmobiliaria que debe construir casas en este lugar pero hasta el momento no han declarado cuando se construirán. Después de sufrir varios robos el año pasado, todos atribuidos a la existencia de este sitio, y de reclamar frente a la inmobiliaria por su responsabilidad frente a estos hechos, deciden poner una reja en el sitio eriazo. El día de ayer se hacen presentes en mi casa dos representantes de la inmobiliaria y dicen que deben sacar la reja aduciendo a que una vecina se habría quejado por la existencia de esta. Les dejamos en claro que la reja ha sido de ayuda para contrarrestar el problema de la delincuencia que nos afectó, sin embargo las representantes continúan aludiendo a las queja que han recibido. Se les pregunta cuando se construirán las casa que faltan en aquel lugar y responden que al finalizar todas las etapas de la población. Les decimos que arreglen el sitio para convertirlo al menos en una área verde mantenida y cuidada pero responden que el sitio no es una área vera. En definitiva me gustaría saber que acciones puedo tomar partiendo por saber quien o que organismo puede establecer que este sitio es efectivamente un sitio eriazo, y desde ahí saber que hacer para que cumpla con la normativa vigente que lo afecta. ¿Existen otras acciones que pudiese tomar frente a la inmobiliaria para que repare el daño causado por el hecho de mantener un foco de delincuencia, que además propicia actos delictuales contra las viviendas, particularmente mi casa que se encuentra adyacente a este sitio eriazo.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Quinteros, Cordero & Prieto Abogados

Quinteros, Cordero & Prieto Abogados

Abogado de Valparaíso especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Desde el punto de vista del derecho urbanístico y de construcción, la inmobiliaria tiene un plazo de 3 años para dar inicio a las obras desde que se otorga permiso de edificación por la Dirección de Obras Municipales, entendiéndose como inicio de obras la realización de trazados y el comienzo de excavaciones contemplados en los planos del proyecto autorizados.

Desde el punto de del derecho civil, solo existe el derecho de cerramiento, que le permite a Ud. cercar su casa conforme a sus deslindes. Lamentablemente no existe acción alguna para obligar a un tercero a cercar su propiedad.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado