Termino de sociedad conyugal y separación

Con mi esposa de un común acuerdo, decidimos separarnos, tenemos 1 hijo de 20 años. Yo ni mi hijo queremos vender la casa, mi mujer quiere su participación, ofrecí pagarle su parte.

¿El valor que tiene esta casa es el que entrega el SII , o lo que uno quiere venderla?

Además tengo un vehículo que lo compré para mi trabajo descontando IVA. También se debe incluir, le ofrecí en compensación todo lo que esta dentro de la casa ,¿se toma en cuenta ?.
Gracias

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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

Contestado

Entiendo que hay sociedad conyugal y por el hecho del divorcio se termina la sociedad conyugal y es procedente no obligatorio la liquidación de la sociedad conyugal.-
En este momento, la separación, entiendo sería solo de hecho, ya que no pueden divorciarse al menos en un año más, pero ella si podría pedir que la casa fuera declarada bien familiar, por lo que le recomiendo que si no hay acuerdo en el precio, mejor venderla, incluyendo en la venta el vehículo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Rodrigo Moreno Olivares

Rodrigo Moreno Olivares

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenos días. Junto con saludarle, le informo que la liquidación de la sociedad conyugal se puede hacer en el Divorcio de mutuo acuerdo o posteriormente.

En caso de que requiera de mis servicios contacteme al correo electrónico rmoabogado arroba Gmail.com.

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Rodrigo Moreno O.
Abogado.

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