Yo tengo una casa con articulo 150 estoy separada de hecho hace 4 años con cese convivencia. ¿Si yo muero solo sera de mis hijos o el igual sacara parte?

Rodrigo Flores Luna
Abogado de Los Ángeles especializado en Derecho Penal Común
Mientras subsista el matrimonio (mientras no se hayan divorciado) él tiene derecho a heredarla, incluida esa casa. Es heredero forzoso. Dependiendo del número de hijos él tiene derecho en su herencia, a lo mismo que el hijo si hay sólo uno, al doble de cada hijo si hay más de uno, y en todo caso a no menos de un 25% de la herencia.
Para que ya no tenga ese derecho debe declararse por un juez de familia el divorcio (con el tiempo que lleva de cese de convivencia, más de 3 años, puede demandarlo usted sola), o, al menos, declararse judicialmente la separación por culpa de él, es decir, por haber él faltado de manera grave a los deberes del matrimonio (fidelidad, apoyo mutuo, etcétera) o respecto a los hijos (cuidado, alimentación, etcétera). Suerte.