Respondida
Habría que solicitar revisión de la medida cautelar. Datos de contacto en perfil de Lexdir.
Saludos
Respondida
Contáctanos por el perfil de Lexdir.
Saludos
Respondida
Por supuesto. Está expresamente regulado en la Ley de Expropiaciones. Dentro del plazo de treinta días, contados desde la publicación en el Diario Oficial del acto expropiatorio, el expropiado pod...
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No, no puede. Puedes contactarnos por esta vía.
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Estimada Mónica,
tiene derecho a indemnización y a todos los derechos establecidos en el Código del Trabajo.
Ruego contactarnos vía correo a jaimebarrientosramirez / gmail.com
Cordiales salu...
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Estimado Ricardo,
Agradecemos su consulta. Para explicar en detalle, por favor envíenos un correo a jaimebarrientosramirez / gmail.com
El primer paso que sugiero es dirigirse a la Inspección de...
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Estimado (a),
Sí es posible reclamar. Es obligación del empleador escriturar el contrato de trabajo. En caso de no hacerlo se presume que las cláusulas contractuales son aquellas que afirme el tra...
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Estimado,
Puede presentar la renuncia y hacerle efectiva inmediatamente. El empleador debe pagar todos los días trabajados, incluyendo gratificaciones, hasta el último día de trabajo. En el fini...
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Desgraciadamente el trámite es algo tedioso. Debe dirigirse a la AFP en que su trabajadora está afiliada y a Fonasa. Le entregarán un formulario con el que podrá pagar en el Banco.
Cordiales salud...
Respondida
Estimado,
El Código del Trabajo dispone expresamente que es obligación del empleador escriturar el contrato de trabajo, reconociendo el ingreso efectivo del trabajador. Por consiguiente, el requ...