abono de imposiciones con sueldo
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Contestado
Estimado, la respuesta es NO. La Ley no permite este tipo de convenios entre empleador y trabajador, porque las cotizaciones previsionales son irrenunciables (no transables). Además, Ud. como trabajador no es quien debe cobrar y percibir el pago de las cotizaciones sino su AFP, quien puede y debe realizar el cobro judicial. En todo caso, existe una política de convenios para poder ir cancelando la deuda en cuotas, en la medida que acepte pagar los valores con intereses y multas. Para ello le recomiendo aconsejar a su empleador para que se acerque a la AFP respectiva.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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