Cambio de giro de una empresa

Abogado yañez
Abogado de Coquimbo especializado en Procesal Civil
Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alteran los derechos y obligaciones emanados de los contratos individuales o colectivos de trabajo, los cuales siguen vigentes y continúan con el o los nuevos empleadores. En consecuencia no se requiere suscribir un nuevo contrato de trabajo o modificar los ya existentes cuando la empresa sufre cambios en su propiedad, posesión o mera tenencia.
De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo cuarto del Código del Trabajo, las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alteran los derechos y obligaciones emanados de los contratos individuales o colectivos de trabajo, los cuales siguen vigentes y continúan con el o los nuevos empleadores.