¿Cómo hago una renuncia voluntaria en mi empresa?

Los años que deberían pagarte son 11 años, que es el tope legal.
Lo primero es negociar salida con tu empleador. Tratar de llegar a un acuerdo con la empresa, para irte con tus años o bien con un % razonable.
DE lo contrario, buscar alguna causal que fundamente un autodespido. La causal que más se aplica en estos casos es incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato por parte de la empresa. Por ejemplo que no haya pago de cotizaciones e imposiciones constituye un motivo suficiente para autodespedirse. No obstante, habría que analizar bien tu caso, porque lo riesgoso del autodespido es que si no es justificado, se entiende que renuncias a la relación laboral, lo que implica que pierdes tus años de servicio. Hay que analizar como es tu relación laboral y tomar una decisión.
Nuestro correo es consultorakalexarrobagmailpuntocom
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
Saludos

Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Abogado de Puerto Montt especializado en Derecho del Trabajo
Estimada;
Junto con saludar le recuerdo que si usted renuncia voluntariamente, aparte de hacerlo con 60 días de anticipación por escrito con copia de la carta a la Inspección del Trabajo no se lleva NADA, salvo el feriado proporcional si procede.
Si mantiene buenas relaciones con su empleador podrían llegar a un acuerdo y que la despidan por necesidades de la empresa , pero se ve poco probable.
La última alternativa, es que se auto despida, ahí le corresponderían todas las prestaciones laborales y de seguridad social mas un recargo que va del 30 al 80% según el caso.
Si tiene dudas, consultas o inquietudes, escríbame a syuraszeck(arroba)hotmail.com o llámeme al celular ocho dos uno uno dos seis seis ocho.
Atentamente y a la espera de sus comentarios
Sebastián Yuraszeck Vargas.
Abogado.

Buenas tardes:
Junto con saludarla, le comento que usted no puede renunciar, ya que al renunciar pierde los años de servicio y en su caso sería altamente perjudicial. Para no perder la indemnización por años de servicio que es por un máximo de 11 años, salvo que se haya pactado con su empleador una indemnización convencional tendría que negociar su salida con él. Sin perjuicio de ello , y solo en el caso, de que se dieran los requisitos legales, podría autodespedirse, pero la causal respectiva habría que probarla.
En caso de que requiera de mi asesoría contacteme a los correos contacto arroba rmoabogado.cl o rmoabogado arroba gmail.com.
Saludos cordiales.

Estimada Sandra, no puedes renunciar, con ese acto perderás automáticamente todos tus años de servicio y prestaciones laborales, lo que debes promover es que te despidan, esto lo puedes conseguir de diversas maneras como por ejemplo llegando tarde al trabajo, bajando la producción diaria etc...
Lo otro es evaluar un autodespido o despido indirecto
Cualquier consulta puedes efectuarla al correo abogadosconsultoreschile&gmail.com
Abogados Consultores Chile

Estimada:
Lo primero que debes hacer es No renunciar
pero si podrías negociar tu salida
de tal forma que se te pague un porcentaje de tus años de servicio.
ahora bien, han habido incumplimientos por parte de tu empleador?
Saludos Cordiales.

Tienes tope de 11 años. Y si renuncias solo tienes derecho a las vacaciones pendientes
Lo mejor es conversar personalmente con tu superior y manifestar tu inquietud por ultimo negociar tu salida

Kumpf & Vidal Abogados Melipilla juiciolegal.cl
Abogado de Melipilla especializado en Derecho Civil
Ya fue respondido. atte juiciolegal.cl