¿Como puedo vender mis derechos de propiedad a mi madre?

Buenas tardes, es perfectamente posible que usted venda sus derechos a su madre.
La venta de efectua por medio de una cesión de derechos hereditarios.
El porcentaje que puede usted vender el es 40% de los derechos sobre el inmueble.
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
solo su parte, si había sociedad conyugal, puede vender su 50 de la sociedad y un 20% más como heredera de su marido premuerto, si no había sociedad conyugal, ud es heredera en un 40% de la propiedad, todo ello, queda aclarado en la posesión efectiva

Estimada, para ello deberá hacer una cesión de derechos hereditarios, la cual se hará patente en el proceso de partición y adjudicación de la herencia. Para más información le invito a escribirme al mail: A.AGUILAR.MUNOZ-arroba-GMAIL.COM