Comunidad de bienes, que significa

una propiedad que se compró bajo el régimen de sociedad conyugal, posteriormente se adjudica a la conyuge, ahora viuda y la quiere vender, puede? ella tiene tres hijos matrimoniales y dos del marido

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Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Claro que puede, ya que al hacerse la liquidación de la sociedad conyugal (presumo que al momento de fallecer su marido) el bien inmueble le fue adjudicado a ella como resultado del proceso de partición de la sociedad, por tanto es parte de SU patrimonio y no de la sociedad conyugal, pues esta se liquidó y ya no existe a la vida del derecho. Atte.-

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