Contrato compraventa con mandato especial

Hola, tengo una duda, debo hacer un contrato compra-venta es por mandato especial. Este se debe ingresar al final del contrato o después de individualizar a las partes vendedor comprador y los datos de la propiedad?

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Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Contestado

Estimado;
La costumbre notarial indica que se ingresa al final, con una cláusula que dice, más o menos así: "la personería de Juan Pérez para representar a Juana Pérez consta de escritura pública de mandato general (especial) de fecha trece de diciembre de dos mil dieciséis, otorgada ante la notaría de don Luis Pérez, repetorio número trescientos escrita a fojas cuatrocientos y siguiente, la cual no se inserta por ser conocida por los comparecientes y por el notario que suscribe".
La última parte también puede agregársele "y exhibida en este acto al señor notario"

Atentos saludos.

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