Inscripcion y reconocimiento paternidad

Quisiera saber si puedo inscribir en el registro civil a un recien nacido con el apellido de su padre o de quien presumo sea su padre, aun si esta en desconocimiento del recien nacido y de su posible paternidad? De ser asi, se entiende que queda reconocido como su hijo legalmente o tiene que existir un proceso de reconocimiento por parte de el? Que acto o actos debe realizar el padre para reconocerlo o solo basta con presentarse en el registro civil ? Se puede revertir la inscripcion del apellido paterno aun si ya fue reconocido?Como rige la ley en base a estos casos? Gracias

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Rodrigo Moreno Olivares

Rodrigo Moreno Olivares

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenas noches:

Junto con saludar, respondo su pregunta. Usted al inscribir a su hijo puede darle el apellido de su su supuesto padre. Esto no implica en absoluto reconocimiento por parte del padre. Usted misma se dará cuenta al solicitar el certificado de nacimiento que solamente saldrá el nombre de la madre, pero no el del padre. Sin perjuicio de ello, el padre puede reconocer al menor voluntariamente mediante acta de reconocimiento ante el Servicio de Registro Civil. En caso de negativa del supuesto padre, Usted puede demandar ante el Juzgado de Familia competente la paternidad, la cual se determina mediante examen de ADN. En caso de requerir mas información, solicítela en mi perfil o escribame a rmoabogado arroba gmail.com.

Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado