La pensión alimentaria ¿tiene que ver con el reajuste de la cuota?

Estimada, el reajuste de pensión de alimentos se debe hacer por el alimentante en el Tribunal todos los meses de Julio de cada año, pues en esa fecha se reajusta el Ingreso Mínimo Mensual que es la medida usada para cuantificar una pensión alimenticia. En este caso, debe pedirse liquidación de deuda de alimentos, para ver que no haya saldo impago, reajustarla al ingreso mínimo actual y, de quererlo Ud., se puede pedir aumento de pensión de alimentos, previa citación a mediar. Le invito a escribirme al mail: a.aguilar.munoz-ARROBA-gmail.com para más detalles del tema. Saludos.-

Estimada,
Usted puede demandar de aumento de pensión, solo que tendrá las dificultades propias de tener que notificar a un demandado que se encuentra en el extranjero, de hecho su pensión no subirá mientras no la demande, solo se reajustará conforme aumente el ingreso mínimo, pero siempre le corresponderá el 22% hasta que demande de aumento. Para responder a sus otras consultas, requiero saber, primero, cuando se fijó la pensión, y dónde (tribunales o mediacion familiar).
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