¿Pueden abrir un caso prescrito de bigamia?

Hola. Mi padre se casó con mi madre, hace más de 10 años en otra ciudad, pero estaba casado antes, con una mujer con la cual nunca convivió hace más de 35 años. Ahora le apareció una causa prescrita por bigamia, así que antes de acudir a tribunales, decidimos realizar un divorcio unilateral, de la primera esposa. Ella cuando fue notificada se enfadó y amenazó de acusarlo de bígamo, estoy bastante asustada porque le nieguen el divorcio a mi padre por esto. ¿Podrían orientarme en lo que debo de hacer? ¿Se puede demandar por bigamia, cuando ya está prescrito?

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Abogada Rosa Alvial Acevedo

Abogada Rosa Alvial Acevedo

Abogado de Talca especializado en Despidos

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Estimada,
Su consulta dice relación con la extinción de la acción penal, que se encuentra en los art. 94 y siguientes del Código Penal. En efecto, el delito de bigamia prescribe en 5 años a partir del segundo matrimonio, pero debe ser declarado esto por el tribunal.

Es decir, la primera esposa, sí puede denunciarlo y abrirse un proceso penal, pero si durante el juicio demuestra que el delito se cometió hace más de 10 años, el tribunal debería declarar que la acción penal de su padre ha quedado extinta.

En caso de consultas, no dude en comunicarse con nosotros,

Atentamente,

Rosa Alvial Acevedo
Abogada
www.clsabogados.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
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Estimada: Junto con saludar le sugiero me escriba a mi correo syuraszeck(arroba)hotmail.com toda vez que lo que expone trata de un asunto que requiere delicadeza y este es un portal público. Ello se hace para resguardar su debida intimidad y la de su familia.
Estaré a la espera de su correo.

Atentos y cordiales saludos.

Sebastián Yuraszeck V.

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