¿Puedo construir un negocio de barrio en un terreno comprado con cesión de derecho?

Hola, quiero comprarle a mi vecina un terreno muy pequeño que esta cerca de la plaza principal de una comuna, el terreno es de 25 m2, y lo compraría con sesión de derechos teniendo estipulado que mi vecina me vende ese pedazo de terreno. Lo quiero para poner un negocio de venta de impresiones, fotocopias, todo lo que sea escolar, es factible el poder construir y vender con un local que el terreno fue "comprado" con sesión de derechos? Gracias por su respuesta.
PD: Estoy interesada en recibir presupuestos para hacer todo legal.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Comte Hipp Ruz Abogados

Comte Hipp Ruz Abogados

Abogado de Santiago especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
Contestado

Estimada:

Junto con saludar, No pueden cederse bienes determinados. Lo que se cede es la universalidad de la herencia o una cuota de ella. El heredero que vende o cede su derecho hereditario, no transfiere propiedad particular alguna en los bienes de la herencia.
Esto quiere decir que pueden existir más herederos (dueños) de ese mismo terreno. Lo más importante en estos casos es realizar la posesión efectiva de los bienes.
Cualquier consulta estamos en contacto al correo que aparece en la página y así convenir los honorarios

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

Cristián Cáceres Muñoz

Abogado de Concepción especializado en Derecho Tributario

VER PERFIL
Contestado

Estimada. La cesión de derechos no es una compraventa, por lo tanto, lo que hace al adquirir derechos, es tomar el lugar de la persona que le cedió; luego hay que ver si existen más comuneros que tengan derechos en ese terreno, porque si ese fuera el caso, entonces si bien podría construir, no se lo recomiendo, porque estaría construyendo en un inmueble que tiene más propietarios.
Cualquier consulta, estoy a su disposición mediante el correo electrónico que figura en este sitio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado