Renuncia a contrato por honorarios
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Javier Eduardo Valencia Pozo
Abogado de Santiago especializado en Derecho Laboral
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Contestado
Buenos días. La renuncia no implica perder los días trabajados, debe hacerla por escrito y firmarla ante un notario o ante la Dirección del Trabajo, y se la entrega en original a su empleador y usted se queda con una copia.
El empleador deberá redactar el finiquito y pagarle sus remuneraciones pendientes, pero no es de inmediato, sino que -normalmente- hará el pago en la fecha en que lo hace a los demás trabajadores que trabajaron el mes completo, es decir, la misma fecha en que a usted le habrían pagado de seguir trabajando.
Saludos,
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor