¿Cómo se modifica el régimen patrimonial del matrimonio?

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Lexdir

La ley permite modificar el régimen patrimonial del matrimonio, siempre que los cónyuges cumplan con las formalidades establecidas, pero producido el cambio no pueden volver a la modalidad de administración que tenían anteriormente.

Los cónyuges pueden modificar su régimen patrimonial de la siguiente manera:

-         Se puede cambiar el régimen desde sociedad conyugal a separación de bienes

-         Se puede pasar de sociedad conyugal a régimen de participación en los gananciales

-         Se puede pasar de participación en los gananciales a separación de bienes.

-         Se puede modificar el régimen de separación de bienes a participación en los gananciales.

-         No se puede modificar el régimen de separación de bienes o participación en los gananciales al régimen de sociedad conyugal.

 

El cambio de régimen patrimonial se realiza a través de escritura pública, la que debe ser redactada por un abogado. La escritura pública debe subinscribirse al margen de la respectiva inscripción matrimonial, dentro de un plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que se otorgó la escritura.