Causales de despido

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Elías Correa

Abogado de Santiago especializado en Derecho Laboral

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Un breve repaso de las causales de despido establecidas en el Código del Trabajo y sus consecuencias prácticas

Las causales de despido están establecidas en los artículos 159, 160, 161 y 163 bis del Código del Trabajo.

Las causales del artículos 159 son causales objetivas, que no dependen de la voluntad de ninguna de las partes. Entre ellas, el término del plazo convenido en el contrato, el caso fortuito o fuerza mayor, la muerte del trabajador, el término de la obra o faena.

Las causales del artículo 160 son causales imputables al trabajador, en donde éste ejecutó una conducta grave que afectó la confianza entre empleador y trabajador. Entre éstas, el acoso sexual, el acoso laboral, el no concurrir a trabajar en un determinado lapso de tiempo, o incumplir gravemente las obligaciones que impone el contrato.

La causal del artículo 161 se refiere a las llamadas "necesidades de la empresa", esto es, racionalización de los servicios, reducción de personal, condiciones económicas.

Y por último la causal del artículo 163 bis, que se refiere a los empleadores que se han acogido a un procedimiento concursal de liquidación (antigua quiebra).

La importancia práctica de estas causales es que sòlo la causal del artículo 161 y la del 163 bis dan derecho, en principio, al pago de la indemnizaciòn por años de servicio.

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