¿Por qué se debe contar con autorización municipal para el desarrollo de una actividad económica?

Guía publicada por:

Lexdir

Uno de los permisos que debe obtener quien inicia un emprendimiento es contar con la autorización municipal respectiva. En esta guía explicaremos en qué consiste esta autorización y los documentos requeridos para obtenerla.

La ley de rentas municipales señala que toda actividad económica está sujeta a una contribución de patente, que debe ser cancelada semestralmente ante el municipio respectivo. No obstante, antes de obtener la patente, y dependiendo del giro de la actividad, se deben conseguir distintos permisos o autorizaciones que entregan diferentes organismos públicos.

La  autorización municipal es el permiso definitivo de funcionamiento y adopta el nombre de patente comercial o industrial, según sea el giro gravado.

El trámite se  realiza en el departamento de patentes comerciales de cada municipio y los documentos más comunes, para todos los rubros, son:

-Fotocopia de la cédula de identidad y/o RUT de la empresa.

-En caso de haber creado la empresa por la vía tradicional: fotocopia legalizada de la escritura de constitución y su extracto, copia de su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y de su publicación en el Diario Oficial.

Otros documentos que, eventualmente, pueden ser solicitados:

-Fotocopia de las modificaciones de la escritura de constitución, protocolización del extracto, publicación en diario oficial e inscripción en el registro de comercio, del Conservador de Bienes Raíces respectivo.

-Acta de sesión de directorio del nombramiento del representante legal (en caso de las sociedades anónimas).

-Fotocopia de la declaración de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII)

-Declaración simple de capital inicial, generalmente incluida en el formulario.

-Croquis o plano de la distribución interna del local u oficina.

-Permiso de edificación del inmueble donde se realizará la actividad comercial (si va a construir).

-Resolución favorable de la Autoridad Sanitaria o del Servicio de Salud respectivo (en caso de ser necesario).