Como regularizar el terreno en laguna verde

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Estimado Pedro, si en efecto UD. cumple con los requisitos que comento más abajo, podrá acceder al procedimiento simplificado que se detalla en la ley 20562. Para ello le recuerdo deberá considerar:
1. Que se encuentren materializados de hecho con anterioridad al 31 de diciembre de 2006.
2. Que no tengan recepción definitiva municipal, sea que se les haya otorgado o no permiso de urbanización.
3. Que en más del 40% de los lotes resultantes del loteo existan residentes, si está ubicado dentro del radio urbano, o un 30% en los demás casos.
4. Que las viviendas existentes en el loteo tengan una tasación máxima de 2.000 unidades de fomento en promedio.
5. Que no se encuentren localizados en áreas de riesgo o de protección de recursos de valor natural y de valor patrimonial cultural, o en franjas con declaratoria de utilidad pública de acuerdo al instrumento de planificación territorial.
6. Que no existan reclamaciones pendientes al 31 de diciembre de 2006 ante la respectiva Dirección de Obras Municipales por incumplimiento de normas urbanísticas, lo cual será verificado por la misma Dirección.
En caso contrario, habría que intentar la regularización en procedimiento general ante bienes nacionales.

Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes:
Efectivamente se puede invocar esa norma o la normal de 5 años en bienes nacionales
Atte
Xags
Abogado viña

Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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Buenas tardes:
Efectivamente se puede invocar esa norma o la normal de 5 años en bienes nacionales
Atte
Xags
Abogado viña