¿Cómo son los derechos sucesorios de media hermana materna?

Buenas tardes.
Soy hija de un matrimonio casado en sociedad conyugal.
Mi madre fue casada en primeras nupcias con otro señor, que no es mi padre y tuvieron una hija matrimonial y legítima.
Mi madre está a punto de morir y todas sus hijas pensamos hacer posesión efectiva de los bienes conyugales que existen.
¿Entiendo que mi padre sería heredero de la mitad de la mitad de bienes que dejaría mi madre?
¿Las dos hijas del matrimonio de mis padres tenemos los mismos derechos que la primera hija, hija del primer matrimonio de mi madre?
De antemano, muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

Contestado

De los derechos que resten luego de hacerse la liquidación conyugal, que existió entre su padre y su madre, que aparentemente no se hizo, lo que queda se reparte en 5 partes, es decir un 20% para cada parte, donde el 40% que es el doble que lleva un hijo, se lo llevara el actual marido de su madre, si vive, y el saldo, el 60% se repartirá en los 3 hijos de su madre.
En chile, desde el año 1999, todos los hijos son iguales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogada Rosa Alvial Acevedo

Abogada Rosa Alvial Acevedo

Abogado de Talca especializado en Despidos

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Contestado

Estimada, en efecto, su media hermana tendría los mismos derechos que ud respecto de la herencia de su madre.

Saludos

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