Consulta de doble bigamia

Mi abuelo se casó el año ´52 con x persona, pero después de dicho matrimonio,nunca hubo nacimiento. el año ´61 se volvió a casar con mi abuela, con la cual tuvo a mi madre y a mi tío. Así las cosas cuando fallece el 2002. hicimos la liquidación de la sociedad conyugal con mi abuela. mi abuelo estipuló que mi abuela recibiría su pensión que la había pactado en 25,37 UF a 20 años desde el 07/2001. pero el año 2010 aparece esta persona, solicitando dicha pensión. dato anexo es el que ella también se encuentra casada y el 2010 (fecha en que fallece su marido),pidió la pensión de montepío. Cuando fui a cobrar lo que me otorgaba mi abuelo (escrituradamente en la póliza) No me lo otorgaron, puesto que aún existía su primera esposa y le habían otorgado a ella ésta pensión.

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Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Contestado

buenas tardes: lo único que se puede hacer en forma practica es solicitar que se le reconozca la calidad de pareja o concubina y así tal vez que recalculen la entrega de la pension o montepio, aunque se debe estar muy conciente que la mujer o conyuge legal o la primera es la legal
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abogado viña

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