Cuando presentar carta de renuncia??

Resulta que yo trabajo a honorarios, boleteando, quiero renunciar y no sé si tengo que presentar carta de renuncia para largarme, y si así fuera, con cuánta anticipación tendría que presentarla?? Porque quiero irme ya !

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Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Contestado

Estimado,
Junto con saludar le informo que las boletas de honorarios son por trabajos esporádicos y que no tienen duración constante en el tiempo y que, además, se manifiesta en pequeños ejemplos como que no tiene vinculo de subordinación o dependencia, no firma libro de asistencia, entre otras.

De los antecedentes que menciona, da la impresión de que usted labora como trabajador dependiente aunque dé boleta, por lo que la ley en su caso presume de derecho que existe contrato de trabajo, independiente que emita boleta, corrígame si me equivoco, usted se desempeña como trabajador con contrato no escriturado.

YA de lleno a su consulta, la ley indica que para quienes poseen contrato deben presentar su renuncia con 30 días de anticipación, pero como usted boletea y sólo un tribunal laboral podrá declarar que usted es trabajador sujeto a contrato de trabajo, NO NECESITA PRESENTAR CARTA DE RENUNCIA por no tener contrato escriturado, sólo deje una carta de cortesía a su empleador indicándole que se retira (no dé los motivos) y se va inmediatamente.

Si tiene otra duda y/o consulta, escríbame al correo syuraszeck(arroba)hotmail.com y le responderé a la brevedad sus inquietudes.

Atentos Saludos.

Sebastián Yuraszeck V.
Abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado