¿Con cuánta anticipación debo presentar carta de renuncia?

Sergio Zúñiga Galdames-Abogado.
Abogado de Chillán especializado en Derecho Laboral
Debe renunciar con treinta dias de anticipación a lo menos con copia a la Inspecccion del Trabajo, si el empleador ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por ejemplo no pago de cotizaciones o remuneraciones Ud puede auto despedirse y demandar el pago de indemnizaciones por término de contrato más aumentos legales dependiendo de la causal.

KALEX ASESORIA JURIDICA INTEGRAL
Abogado de Antofagasta especializado en Derecho Laboral
Estimado, no existe un plazo legal para renunciar, pero por deferencia es bueno comentar a su empleador con tiempo su renuncia.
Si renuncia, pierde el año de servicio que tiene. Y solo le corresponde las prestaciones devengadas, es decir, días trabajados, horas extras, feriado proporcional.
Saludos.